martes, 3 de septiembre de 2013


¿Quién debe prestar los servicios públicos?

El tema propuesto para desarrollar en el blog por el Profesor Menéndez Alzamora, es las funciones de servicio público desempeñada por los administradores públicos o por agentes privados, ventajas, inconvenientes o posibilidades de armonización. Desde mi punto de vista lo ideal para la prestación de los servicios públicos, es que las funciones se realicen de manera armonica entre ambos agentes, ya que esto representa más ventajas que sí sólo los prestaran los agentes públicos. 
Arribe a lo anterior, tras leer sobre el origen y evolución que ha tenido el concepto de servicio público y así lograr tener una visión clara de que son y que implican los mismos, algunos fragmentos de los textos en los que me apoye son los siguientes:

Del texto "La noción de servicio público a partir de la concepción del Estado Social de Derecho" de Tomás Maldonado Gómez (1):

           "La mayoría de nuestras concepciones e instituciones en derecho administrativo provienen del derecho francés, y los servicios públicos no son la excepción, pues la teoría del servicio público y del bienestar social emana en Francia. La revolución francesa de 1789 produjo un gran cambio ideológico en torno a la concepción del hombre como sujeto de derecho y libertades; con ella surgieron novedosas ideas que generaron la noción del servicio público. Sin embargo, los antecedentes de este concepto no surgieron sólo a partir de la revolución francesa, pues datan de mucho más allá, cuando Luis XVI organizó un servicio real de correos. Realmente, la concepción de servicio público surgió del paso de Estado gendarme (...)(que sólo se limitaba a la justicia, servicio de policía, defensa nacional y recaudo de impuestos) (...) a un Estado providencia, donde las funciones propias del Estado gendarme se extendieron a otros asuntos, como la educación, la salud, entre otros.
     Dado que en Francia surgió esta concepción fueron los pensadores franceses los primeros en hablar del tema. (...) Duguit definió el servicio público como "la actividad en la cual el cumplimiento debe estar asegurado por los gobernantes, porque es tal su naturaleza que sólo puede ser realizada completamente por la intervención de la fuerza gobernante". Louis Roland agrega a lo anterior principios como la continuidad, adaptabilidad e igualdad. Por su parte, André De Laubadere introduce la neutralidad, y Maurice Hauriou moralidad y gratuidad."


De la enciclopedia jurídica, lo siguiente:

  "En la evolución de su elaboración doctrinal, pueden distinguirse dos etapas que, a su vez, han influido en la doble conceptuación con la que principalmente se ha empleado el término con posterioridad: a) por un lado, una concepción amplia, omnicomprensiva, manejada por el creador de la Escuela aludida, LEÓN DUGUIT (1859-1928), quien desde una perspectiva social y finalista defiende la noción de servicio público como justificación misma del poder del Estado. La actuación de este último sólo se legitimaría en la medida en que satisficiera necesidades públicas y pudiera ser calificada como «servicio público». Como se puede comprender, se trata de una concepción más filosófica que jurídica que, hoy en día, entronca directamente con los postulados del Estado Social, en cuanto subraya el deber de los poderes públicos de garantizar la prestación de los servicios esenciales para la comunidad; b) por otro lado, una noción más estricta que toma como punto de partida las elaboraciones posteriores de los discípulos de DUGUIT, como JÈZE, BONNARD o ROLLAND. Desde este punto de vista, el servicio público se configura como una técnica concreta de gestión de aquellos servicios esenciales a los que antes aludíamos. De este modo terminó por definirse como «aquella actividad desarrollada por los poderes públicos para atender necesidades de interés general que los individuos no pueden satisfacer aisladamente y que, en su organización y funcionamiento, se encuentra sometida a un régimen jurídico especial de Derecho Público»"
Del texto, "Evolución del concepto de servicio público y surgimiento del derecho público económico" de David Elías Melgen (3): 

    "la doctrina moderna define los servicios públicos como las actividades, entidades u órganos públicos o privados con personalidad jurídica creados por la Constitución a las leyes, para dar satisfacción en forma regular y continua a ciertas categorías de necesidades de interés general, bien en forma directa, mediante concesionario o a través de cualquier otro medio legal con sujeción a un régimen de Derecho Público o Privado, según corresponda."

Dentro de los rasgos más sobresalientes o caracterìsticas más importantes de los servicios púbicos, debemos destacar (...) lo siguiente: 

   a) Todo servicio público debe suministrarse con un criterio técnico gerencial y con cuidadosa consideración a las funciones del proceso administrativo científico: planificación, coordinación, dirección, control y evaluación, tanto en su concepción orgánica como en el sentido material y operativo; 

   b) Debe funcionar de manera permanente, es decir, de manera regular y continua para que pueda satisfacer necesidades de las comunidades por sobre los intereses de quienes los prestan; 

   c) La prestación del servicio público no debe perseguir principalmente fines de lucro; se antepone el interés de la comunidad a los fines del beneficio económico de personas, organismos o entidades públicas o privadas que los proporcionan; y  

  d) Generalmente les sirve un organismo público, pero su prestación puede ser hecho por particulares bajo la autorización, control, vigilancia, y fiscalización del Estado, con estricto apego al ordenamiento jurídico pertinente."

Del diccionario de la Real Academia Española: 

"Actividad llevada a cabo por la Administración o, bajo un cierto control y regulación de esta, por una organización, especializada o no, y destinada a satisfacer necesidades de la colectividad"

De dichos textos y de la realidad que vivimos en la actualidad, concluyó que el poder que le atribuimos a los estados y los pagos de impuestos que hacemos, se legitiman y como ciudadanos accedemos a pagarlos en la medida en que sentimos que el gobierno nos va a satisfacer ciertas necesidades generales. 

Estas necesidades son de la colectividad, no se pueden satisfacer aisladamente y las mismas deben ser satisfechas de forma regular y continua. Por lo que ante el cada vez mayor crecimiento de la población, aveces los agentes públicos son insuficientes para proveer los servicios que toda la población requiere. 

Por lo tanto, para que los servicios que todos requieren puedan ser cubiertos y con calidad es necesario que los agentes privados coadyuven para poder cubrir en mejor medida dichas necesidades. 

Ahora bien, es importante mencionar que para que realmente sea eficiente y genere una ventaja a la sociedad es necesario que aunque los servicios sean prestados por entes privados, que los mismos no persigan fines de lucro y antepongan los intereses de la comunidad a los beneficios económicos, para lo cual el estado debe autorizar, controlar, vigilar y fiscalizar, que particulares y bajo que condiciones pueden los particulares prestar dichos servicios. 

Lo anterior, me lleva a concluir que el hecho de que tanto las partes publicas como privadas coadyuven para lograr prestar los servicios en la sociedad es una gran ventaja ya que esta participación genera que los servicios públicos pueden tener una mayor cobertura y tener una mejor calidad. 

Un ejemplo de esto es la educación. Ya que, si bien es un servicio que tendría que ser prestado por el gobierno, lo cierto es que es que el número de lugares que ofrecen para todos los niveles escolares no cubre la totalidad de la población escolar que debería asistir. Por lo tanto es necesario que agentes privados ayuden para poder tener una mayor cobertura y en algunos casos tener mayor calidad.

Por otro lado, esta ventaja solamente subsiste si la intervención de entes privados es realmente supervisada por el Estado, ya que de lo contrario estos olvidan, que los intereses de toda la comunidad van primero y se interesan sólo en los beneficios económicos que puedan obtener. 

Por lo tanto, desde mi punto de vista, lo mejor es que los servicios sean prestados por ambos, siempre cuando los agentes privados se apeguen a los requisitos, normas, procedimientos y tarifas planteadas por el estado. Lo anterior, para que los servicios puedan ser presentados a la población bajo condiciones de igualdad. 


Bibliografía. 

1.- Maldonado Gómez Tomás - La noción de servicio público a partir de la concepción del Estado Social de Derecho - consultable en http://guayacan.uninorte.edu.co/publicaciones/revista_actualidad_juridica/upload/File/La_nocion_servicio_publico_concepcion_Estado_Social_derecho.pdf)

2.- http://www.enciclopedia-juridica.biz14.com/d/servicio-publico/servicio-publico.htm

3.- Elías Melgen David - Evolución del concepto de servicio público y surgimiento del derecho público económico - http://eliasmelgen.com/publicaciones/Evolucion.pdf

4.- http://lema.rae.es/drae/?val=servicio%20público


martes, 27 de agosto de 2013

Principales ventajas o beneficios que el líder puede obtener de las redes sociales.




Principales ventajas o beneficios que el líder puede obtener de las redes sociales.

"Las redes son formas de interacción social espacios sociales de convivencia y conectividad. Y se definen principalmente por los intercambios dinámicos entre los sujetos que las forman. Las redes son sistemas abiertos, horizontales y aglutinan a conjuntos de personas que se identifican con las mismas necesidades y problemáticas. Las redes, por tanto, se erigen como una forma de organización social que permite a un grupo de personas potenciar sus recursos y contribuir a la resolución de problemas"1.

"El atributo fundamental de una red es la construcción de interacciones para la resolución de problemas y satisfacción de necesidades. Su lógica no es la de homogeneizar a los grupos sociales, si no la de organizar a la sociedad en su diversidad, mediante la estructuración de vínculos entre grupos con intereses y preocupaciones comunes"2.

En la actualidad existen muchas redes o medios sociales como facebook, twitter, youtube, linkedin, flickr, pinterest, instagram, etc. 



Todas estas redes muestran diversas ventajas dependiendo en que se especialice cada una, sin embargo, en general todas estas ventajas las podemos agrupar de la siguiente forma: 

- Número de personas a las que pueden llegar. Las redes sociales permiten que los mensajes pueden llegar a un gran número de personas sin importar donde se encuentren las mismas.



- Celeridad en la transmisión de los mensajes. Los mensajes que busquemos transmitir pueden ser enviados a cualquier parte del mundo con tan sólo presionar un enter y pueden ser vistos o revisados por cualquier persona que cuente con un dispositivo y una conexión.


- Retroalimentación. Las redes sociales nos permiten no solo publicar contenidos, si no también saber lo que las personas piensan de lo que se publica o se hace. Lo cual acerca a los líderes con el resto de las personas y eliminar en cierto modo a los intermediarios. 




- No existe un monopolio de la información. Los espacios en los medios suelen ser restringidos a ciertos temas y a ciertos momentos, con las redes sociales los líderes (o cualquier persona) pueden expresarse las veces que quieran, durante el tiempo que quieran y hablar de los contenidos que quieran incluso sobre temas álgidos para ser tratados  en medios de comunicación.

- Nos da la oportunidad de mostrar fases distintas. Nos dan la oportunidad de conocer distintas fases o gustos, nos permite conocer al líder no solo en esa faceta, si no en una faceta más personal y más humana. Nos permite conocer desde su lado familiar, sus gustos musicales, deportivos, etc. y esto les puede ayudar a genera empatía con las personas que comparten sus aficiones o gustos.  

Foto tomada del twitter del expresidente Felipe Calderón practicando ciclismo en todos los santos, Baja California.

- Brindan la oportunidad de dirigir la información. En los medios de comunicación como radio y tv la información es mas general, en las redes sociales es posible dirigir la información o contenidos a ciertos sectores dependiendo de la red social que estemos usando o el contenido que se este subiendo a la red.

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1 y 2. Rizo García Marta -  Redes. Una aproximación al concepto - consultable en http://sic.conaculta.gob.mx/centrodoc_documentos/62.pdf

miércoles, 21 de agosto de 2013

Proceso electoral en México



Proceso electoral en México.



Para la entrada relativa a la asignatura de procesos electorales, decidí analizar como se desarrollan los procesos electorales en mi país, México.

El Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales (en adelante COFIPE) en su artículo 209, define al proceso electoral como el conjunto de actos ordenados por la Constitución o el propio Código, realizados por las autoridades electorales, los partidos políticos y los ciudadanos, que tienen por objeto la renovación periódica de los integrantes de los Poderes Legislativo y Ejecutivo. 

El proceso inicia en octubre del año previo al de la elección y concluye con el dictamen y declaración de validez de la elección de Presidente de los Estados Unidos Mexicanos. 

Dicho proceso cuenta con las siguientes etapas:

a) Preparación de la elección
Esta etapa se inicia con la primera sesión que celebre el Consejo General del Instituto Federal Electoral durante la primera semana de octubre del año previó al de la elección y concluye al iniciarse la jornada electoral.

Esta etapa cuenta a su vez con las siguientes sub-etapas:

a.1) Procesos internos para la selección de candidatos y precampañas.
Son los actos que los partidos llevan en su interior, para la selección de quien será su candidato para                  contender en las elecciones.

a.2) Registro de candidatos
Cuando se renueven los dos poderes, los candidatos serán registrados entre el 15 y el 22 de marzo.        Cuando únicamente se renueve la cámara de diputados los candidatos se registrarán del 22 al 29 de abril. 

Los candidatos a diputados y senadores por mayoría relativa serán inscritos ante los Consejos Locales, mientras que los candidatos a diputados y senadores por el principio de representación proporcional y los candidatos a Presidente serán registrados ante el Consejo General.

a.3) Campañas electorales.
Es el conjunto de actividades llevadas a cabo por los partidos políticos nacionales, las coaliciones y los candidatos registrados para la obtención del voto. 

Dentro de esta etapa se realizan actividades como: actos de campaña (reuniones públicas, asambleas, marchas y en general aquellos actos en que los candidatos o voceros de los partidos se dirigen al electorado) y propaganda electoral (conjunto de escritos, publicaciones, imágenes, grabaciones, proyecciones y expresiones que durante la campaña electoral difunden los partidos, candidatos o sus simpatizantes con el propósito de exponer sus candidaturas)

a.4) Integración y ubicación de las mesas directivas de casilla. 
Son los procedimientos mediante los cuales se ve como se dividirán los distritos electorales en secciones, para la instalación de las casillas, tomando en cuenta que en cada sección por cada 750 electores o fracción se instalara una casilla y como se realizará el sorteo para saber quienes serán electos funcionarios. 

a.5) Registro de representantes.
Hasta 13 días antes de la elección, los partidos tienen derecho a nombrar dos representantes propietarios y un representante suplente ante cada mesa directiva de casilla.

a.6) Preparación de la documentación y el material electoral.
Se determina como va a ser la boleta electoral dependiendo de los distintos candidatos inscritos, las urnas, las listas, instructivos canceles y demás documentación necesaria para la jornada.

b) Jornada electoral
La jornada electora se lleva a cabo el primer domingo de julio del año de la elección ordinaria. La jornada electoral tendrá las siguientes sub-etapas.

b.1) Instalación de casilla
A las 8:00 horas los funcionarios de casilla procederán a la instalación de la casilla en presencia de los representantes de los partidos políticos que concurran.

b.2) Votación.
Una vez llenada y firmada el acta de jornada electoral correspondiente a la instalación se iniciará la votación. Misma que concluirá a las 18:00 horas. La votación solo podrá continuar después de las 18:00 horas cuando aún se encuentren electores formados para votar. En este caso, se cerrará una vez que quienes estuviesen formados a las 18:00 horas hayan votado. 
Una vez concluido se llenara el apartado correspondiente al cierre de votación en el acta de jornada electoral, misma que deberá ser por los funcionarios y representantes presentes.

b.3) Escrutinio y cómputo en la casilla.
Una vez cerrada la votación y firmado el apartado de la jornada electoral se dará inicio al escrutinio y cómputo. En esta etapa se determinará cuantos electores votaron en la casilla, cuantos fueron a favor de cada partido político o candidato, los votos nulos y el número de boletas sobrante. Los datos recopilados se asentarán en un acta de escrutinio y cómputo para cada elección.
Primero se realizará el escrutinio y cómputo de presidente, posteriormente senadores y finalmente diputados.

Al termino se formará un expediente de casilla con: a) un ejemplar del acta de jornada; b) un ejemplar del acta de escrutinio; c) en su caso, los escritos de protesta; d) las boletas sobrantes, y e) la lista nominal de electores.

b.4) Clausura de casilla y remisión del expediente. 
Concluido lo mencionado en el punto anterior se levantara constancia de la hora de clausura de la casilla. 

Una vez clausurada, los presidentes de casilla harán llegar al Consejo Distrital los paquetes correspondientes a dicha casilla. 

c) Resultados y declaraciones de validez.
Esta etapa se inicia con la remisión de la documentación y expedientes electorales a los Consejos Distritales y concluye con los cómputos y declaraciones que realicen los Consejos del Instituto, o las resoluciones que, en su caso, emita en última instancia el Tribunal Electoral del Poder judicial de la Federación. 

d) Dictamen y declaración de validez de la elección de presidente electo.
esta etapa se inicia al resolverse el último de los medios de impugnación que se hubiesen interpuesto en contra de esta elección o cuando se tenga constancia de que no se presentó ninguno y concluye cuando la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, aprueba el dictamen que contenga el cómputo final y las declaraciones de validez de la elección y de presidente electo.

   

domingo, 9 de junio de 2013

Nicolás Maduro

Nicolás Maduro

 


Para la realización del presente trabajo elegí analizar a Nicolas Maduro, actual Presidente de la República Bolicariana de Venezuela.

 “Nicolás Maduro Moros nació en Caracas el 23 de noviembre del año 1962[1]”. No tiene una carrera universitaria. De su curriculum podemos destacar lo siguiente:

·        Militó en el Movimiento Bolivariano MBR-200). Revolucionario 200 (Fue destacado activista por la libertad del Comandante Chávez cuando este se encontraba en prisión por su participación en la insurrección militar del año 1992.
·        Participó de manera destacada en la Dirección Nacional del MBR-200 (1994-1997).
·        Fundador Nacional de la Fuerza Bolivariana de Trabajadores (FBT), organización de la cual fue Coordinador Nacional.
·        Miembro Fundador del Movimiento Quinta República (MVR) y Coordinador del Equipo Parlamentario de este partido político entre los años 2000 y 2001.
·        Coordinador del equipo parlamentario del Bloque del Cambio en la Asamblea Nacional (AN) y Diputado al Congreso de la República de Venezuela desde el 23 de enero al 15 de diciembre de 1999.
·        En el Congreso de la República de Venezuela, fue jefe de fracción del Movimiento Quinta República (MVR) y miembro de diversas comisiones permanentes.
·        Miembro de la Asamblea Nacional Constituyente entre agosto de 1999 y enero del año 2000; presidente de su Comisión de Participación Ciudadana e integrante de la Comisión de lo Económico y Social.
·        Diputado Principal por el Distrito Federal para el quinquenio 2000-2005, periodo durante el cual desarrolló una intensa actividad parlamentaria.
·        Presidió la Asamblea Nacional entre enero y agosto del 2006, fecha en la cual fue designado Ministro de Relaciones Exteriores, cargo que desempeñó hasta el 10 de octubre del 2012, cuando fue nombrado Vicepresidente Ejecutivo de la República Bolivariana de Venezuela.
·        El 8 de marzo del 2013, es nombrado, por mandato constitucional, Presidente Encargado de la República Bolivariana de Venezuela.
·        El 14 de abril del 2013 fue elegido Presidente constitucional de la República Bolivariana de Venezuela.

Tras haber establecido brevemente su síntesis curricular, quisiera mencionar que elegí a Nicolás Maduro, porque me llama mucho la atención su caso, desde mi punto de vista el no cuenta con todos los rasgos de un buen comunicador. No cuenta con el carisma, ni la credibilidad necesaria. Lo que lo vuelve un caso aun más atractivo, ¿Cómo llego a ser Presidente y un lider si no cuenta con esos rasgos?

En mi opinión Nicolás Maduro y sin emitir ningún cuestionamiento respecto a sus capacidades políticas, si no enfocándome en su imagen y en como su sistema de comunicación política, considero que logró posicionarse como Presidente al lograr que la gente lo asocie con la imagen de Hugo Chávez. (Quien resulta incuestionable que tenía la capacidad para que la gente lo escuchara y lo siguiera hasta con cierto grado de fanatismo) y como una continuidad del mismo.

Si bien considero que a el le faltan ciertos rasgos para poder considerarlo un buen comunicador, creo que fue inteligente y que su estrategia de comunicación no solo es la correcta si no que es muy buena, ya que ni siquiera tiene que ser el quien tenga esas características, si no que apoyándose en la figura de Chávez lograron ganar la Presidencia de ese país.

Considero también que en ocasiones su estrategia de comunicación es un tanto exagerada para seguir manteniendo viva la imagen de Chávez entre los Venezolanos, como los comentarios de que en la elección del nuevo Papa había tenido que ver Chávez, o la declaración cuando iban a arrancar las campañas donde dijo que se apareció como un pajarito azul “Lo sentí ahí como dándonos una bendición, diciéndonos: ‘Hoy arranca la batalla. Vayan a la victoria, tienen nuestras bendiciones’. Así lo sentí yo desde mi alma”[2] en referencia a Chávez. Sin embargo la misma le ha resultado funcional.




[2] http://cnnespanol.cnn.com/2013/04/02/maduro-dice-que-chavez-se-le-aparecio-en-forma-de-pajarito-chiquitico-y-lo-bendijo/





viernes, 3 de mayo de 2013

Participación real de los miembros del Partido Verde Ecologista de México

Participación real de los miembros del Partido Verde Ecologista de México

Los partidos políticos tienen especial relevancia en México, ya que, salvo algunas excepciones[1], son los únicos encargados de dar acceso a los ciudadanos a los cargos de elección popular.

Debido a la trascendencia de dichas instituciones en el sistema democrático mexicano, se les requiere que tengan un conjunto de documentos básicos para su organización, estructura y funcionamiento que de acuerdo con lo establecido en el párrafo primero, inciso a), del artículo 24 del Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales[2](en adelante COFIPE), son una declaración de principios, un programa de acción y estatutos que normen el desarrollo de sus actividades.

Ahora bien, tomando en cuenta la importancia de que uno de los principales actores de la democracia de México, sean democráticos también en su interior y permitan la participación de sus integrantes, si bien, se les reconoce el derecho de autorregulación[3], en los artículos 26 y 27 del COFIPE, se establece que dentro de los mencionados documentos básicos se deben encontrar contenidas, las siguientes, pautas mínimas para la participación de los miembros:

Artículo 26
1. El programa de acción determinará las medidas para:
d) Preparar la participación activa de sus militantes en los procesos electorales.

Artículo 27
1. Los estatutos establecerán:
b) Los procedimientos para la afiliación individual, libre y pacífica de sus miembros, así como sus derechos y obligaciones. Dentro de los derechos se incluirán el de participar personalmente o por medio de delegados en asambleas y convenciones, y el de poder ser integrante de los órganos directivos;
c) Los procedimientos democráticos para la integración y renovación de los órganos directivos así como las funciones, facultades y obligaciones de los mismos. Entre sus órganos deberá contar, cuando menos, con los siguientes:
I. Una asamblea nacional o equivalente, que será la máxima autoridad del partido;
II. Un comité nacional o equivalente, que sea el representante nacional del partido., con facultades de supervisión y en su caso, de autorización en las decisiones de las demás instancias partidistas;
III. Comités o equivalentes en las entidades federativas; y
IV. Un órgano responsable de la administración de su patrimonio y recursos financieros y de la presentación de los informes de ingresos y egresos anuales, de precampaña y campaña a que se refiere este Código;
d) Las normas para la postulación democrática de sus candidatos;

Aunado a dichas pautas, el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación emitió la tesis de jurisprudencia 3/2005 de rubro “ESTATUTOS DE LOS PARTIDOS POLÍTICOS. ELEMENTOS MÍNIMOS PARA CONSIDERARLOS DEMOCRÁTICOS”[4]. Que en lo conducente, establece que los partidos deben contar por lo menos con los siguientes elementos:

1. La asamblea u órgano equivalente, como principal centro decisor del partido, que deberá conformarse con todos los afiliados, o cuando no sea posible, de un gran número de delegados o representantes, debiéndose establecer las formalidades para convocarla, tanto ordinariamente por los órganos de dirección, como extraordinariamente por un número razonable de miembros, la periodicidad con la que se reunirá ordinariamente, así como el quórum necesario para que sesione válidamente; 2. La protección de los derechos fundamentales de los afiliados, que garanticen el mayor grado de participación posible, como son el voto activo y pasivo en condiciones de igualdad, el derecho a la información, libertad de expresión, libre acceso y salida de los afiliados del partido; 3. El establecimiento de procedimientos disciplinarios, con las garantías procesales mínimas, como un procedimiento previamente establecido, derecho de audiencia y defensa, la tipificación de las irregularidades así como la proporcionalidad en las sanciones, motivación en la determinación o resolución respectiva y competencia a órganos sancionadores, a quienes se asegure independencia e imparcialidad; 4. La existencia de procedimientos de elección donde se garanticen la igualdad en el derecho a elegir dirigentes y candidatos, así como la posibilidad de ser elegidos como tales, que pueden realizarse mediante el voto directo de los afiliados, o indirecto, pudiendo ser secreto o abierto, siempre que el procedimiento garantice el valor de la libertad en la emisión del sufragio; 5. Adopción de la regla de mayoría como criterio básico para la toma de decisiones dentro del partido, a fin de que, con la participación de un número importante o considerable de miembros, puedan tomarse decisiones con efectos vinculantes, sin que se exija la aprobación por mayorías muy elevadas, excepto las de especial trascendencia, y 6. Mecanismos de control de poder, como por ejemplo: la posibilidad de revocar a los dirigentes del partido, el endurecimiento de causas de incompatibilidad entre los distintos cargos dentro del partido o públicos y establecimiento de períodos cortos de mandato.

Ahora bien, una vez planteadas de forma general, las pautas básicas establecidas tanto en la legislación mexicana propiamente, como por la máxima autoridad jurisdiccional en materia electoral, procederé a explicar a grosso modo, el como se encuentra regulada la situación del Partido Verde Ecologista de México (En adelante PVEM).

Los estatutos del PVEM[5], establecen en su artículo 2, que el partido esta abierto a todos los mexicanos que acepten sus documentos básicos y colaboren en la defensa y protección del ambiente y con el principio básico de la democracia de respetar la decisión de la mayoría.

Quienes decidan afiliarse podrán hacerlo en tres modalidades: a) Militante, principal activo del PVEM que ayudan a la toma de decisiones y a definir el proyecto del partido; b) Adherente, quienes contribuyen mediante aportaciones intelectuales y de propaganda, y c) Simpatizante, quienes mantienen voluntad activa de colaboración y se inscriben para recibir información de actividades, reuniones y participación en programas.

De acuerdo con el artículo 7, los militantes tienen derecho a lo siguiente:

I.- Poder ser electo delegado a la Asamblea Nacional y participar en la Asamblea Estatal, previo cumplimiento de las disposiciones legales y estatutarias;
II.- Poder ser electo como Consejero al Consejo Político Nacional, previo cumplimiento de las disposiciones legales y estatutarias;
III.- Poder ser electo o designado para ocupar cargos en los órganos de dirección del Partido en sus diferentes niveles, previo cumplimiento de las disposiciones legales y estatutarias;
IV.- Participar en la toma de decisiones del Partido, incorporándose a los organismos correspondientes por sí o representado por delegados, de conformidad a lo dispuesto en los presentes Estatutos;
V.- Poder participar en los procesos internos de selección de candidatos para ser postulado por el Partido Verde Ecologista de México a cargos de elección popular, previo cumplimiento de las disposiciones legales y estatutarias;
VI.- Ejercer el derecho de audiencia ante las instancias correspondientes de dirección del Partido;
VII.- Inconformarse ante las Comisiones de Honor y Justicia que correspondan, conforme a lo señalado por los presentes Estatutos;
VIII.- Participar en acciones ecologistas, fijar sus propios programas y objetivos, acordes con los principios básicos del Partido y los presentes Estatutos;
IX.- Hacer uso de la libertad de expresión oral y escrita al interior del Partido sin más límites que el pleno respeto a sus integrantes y a la cohesión del mismo, de conformidad a los presentes Estatutos; y
X.- Acceder a la información inherente al Partido, sin más límite que lo que se establece en el presente Estatuto.

Y son derechos de los adherentes, de acuerdo con el articulo 8, los siguientes:

I.- Participar en la construcción de una nación democrática, libre, igualitaria, transparente y en el cambio de actitudes: en vías de un mejor orden político y social que incluya una sana relación con el medio ambiente y que privilegie el desarrollo sustentable;
II.- De conformidad con la fracción XI, del artículo 18 de los presentes Estatutos, poder participar en los procesos internos de selección de candidatos para ser postulado como candidato por el Partido Verde Ecologista de México a cargos de elección popular, previo cumplimiento de las disposiciones legales y estatutarias;
III.- Ejercer el derecho de audiencia ante las instancias correspondientes de dirección del Partido;
IV.- Inconformarse ante las Comisiones de Honor y Justicia que correspondan, conforme a lo señalado en los presentes Estatutos;
V.- Participar en acciones ecologistas y fijar sus propios programas y objetivos, siempre y cuando vayan acorde con los principios básicos del Partido y los presentes Estatutos;
VI.- Ejercer la libertad de expresión oral y escrita al interior del Partido sin más límites que el pleno respeto a sus integrantes y a la cohesión del mismo;
VII.- Mantener vínculos activos y permanentes de participación con las estructuras partidarias, a fin de apoyar el desarrollo y cumplimiento de las tareas y objetivos;
VIII.- Solicitar ante la instancia estatutaria correspondiente el cambio de calidad de adherente por el de militante conforme a lo señalado por los presentes Estatutos; y
IX. Acceder a la información inherente al Partido, sin más límite que los que establece el presente Estatuto.

De todo lo mencionado con anterioridad podemos desprender lo siguiente:

-          Los partidos políticos son una de las piezas clave de la democracia, por lo cual es muy importante que la misma se vea reflejada en su interior.

-          En la legislación mexicana se encuentran parámetros obligatorios que deben contener las normas internas de los partidos, con las cuales se busca propiciar la participación de sus miembros y la democracia interna.

-          Ante la vaguedad del concepto “democracia interna” el tribunal estableció la mencionada jurisprudencia, para dotar de claridad al mismo y reforzó la obligatoriedad  de que las normas internas permitan y fomenten la participación.

-          La normativa del partido en cuestión, tiene establecidos dichos derechos de participación en la elección de los dirigentes y en la toma de decisiones. (sobre todo para los militantes).

Por todo lo expuesto en esas normas, pareciera que los ciudadanos que deciden formar parte de un partido, en este caso del PVEM, tienen garantizados sus derechos de participación tanto en las elecciones internas (ya sea para elegir candidatos o para elegir a sus dirigentes), como en la toma del resto de las decisiones.

Desde mi punto de vista, tanto en el PVEM (y me atrevería a decir en el resto de los partidos en México) ocurre más lo establecido por Robert Michel y mencionado por Flavia Freidenber, en el artículo “DEMOCRACIA INTERNA: RETO INELUDIBLE DE LOS PARTIDOS POLÍTICOS”. Donde menciona que “Muchos partidos de la región (…) son organizaciones oligárquicas, donde se adoptan decisiones de manera excluyente, con liturgias cesaristas, sin tener en cuenta las opiniones de los militantes y donde éstos sólo son consultados para legitimar políticas y resoluciones ya tomadas en círculos pequeños. En estos partidos, las élites controlan de manera férrea el poder, no facilitan la participación de todos los grupos en las definiciones programáticas o en la elección de los candidatos y las bases militantes carecen de mecanismos para premiar o castigar a sus líderes si estos no cumplen con sus promesas electorales, sus programas de gobierno o sus compromisos internos.”

Como ocurre en un gran numero de casos, la realidad dista mucho de lo establecido en la norma. En este caso, yo consideró que es tanto el poder, los recursos que se manejan al interior de un partido político, que quienes se encuentran en las cúpulas no permiten que las bases influyan en la toma de decisiones y como dice Robert Michel “solo son consultados para legitimar políticas y resoluciones ya tomadas en círculos pequeños”.

En este partido, se ve claramente como las cúpulas solamente se van rotando el poder, quedando el mismo entre amigos y familiares de quienes ya lo ostentan. Y donde los mismos solo van brincando de una plaza a otra para aparentar la rotación.

Por citar un ejemplo, Jorge Emilio González Martínez[6], conocido en México como “el niño verde” ha desarrollado toda su carrera política al interior del PVEM, donde ha sido representante a la Asamblea Legislativa del Distrito Federal de 94 a 97; diputado federal de 97 a 2000, senador de 2000 a 2006; de nueva cuenta, diputado federal de 2006 a 2009.

En 2001 sucedió a su padre, Jorge González Torres, en la presidencia del PVEM, hasta 2011.

Conclusión: Si bien la realidad se encuentra muy desapegada de lo que se encuentra establecido en la normativa, consideró que aún así sigue siendo una de las mejores medidas para ir apegando más su actuar a lo que se espera de los partidos.

Por lo que buscando que algún día realmente nuestra democracia pueda estar sustentada por piezas verdaderamente democráticas desde su interior, consideró que sería necesario implementar medidas más (Planteadas en la lectura de Freidenberg), que desde mi punto ayudaría a que cada vez sea más real la democracia interna.

1.- Posibilidad de recompensa-castigo en función del ejercicio que realizarán en el cargo.

2.- Restricciones al patrimonialismo: que los dirigentes de mayor rango tengan limitantes para distribuir discrecionalmente los puestos.




[1] Poco a poco, en algunos cargos a nivel municipal o estatal se esta abriendo la posibilidad de las candidaturas independientes. Pero sigue predominando por mucho el hecho de que sean los partidos el “filtro” para la postulación de candidatos.
[2] Consultables en: http://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/COFIPE.pdf
[3] Articulo 22, párrafo quinto, del Código Federal de Instituciones y Procedimientos Electorales, consultable en  http://www.diputados.gob.mx/LeyesBiblio/pdf/COFIPE.pdf

[4] Jurisprudencia consultable en http://10.10.15.15/siscon/gateway.dll/nJurisprudenciayTesis/nVigentesTercerayCuartaEpoca/compilaci%C3%B3n.htm?f=templates$fn=document-frame.htm$3.0$q=$uq=$x=$up=1$nc=5664#TEXTO 03/2005
[5] Estatutos consultables en: http://10.10.15.15/siscon/gateway.dll/nPartidos?f=templates&fn=default.htm
[6] http://www.milenio.com/Topicos/Milenio/jorge_emilio_gonzalez_martinez.aspx?O=0#